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Colaboración Seguridad Pública y Seguridad Privada
Desde hace a próximamente 10 meses el Ministerio del Interior está efectuando encuentros específicos con la Seguridad Privada en relación con posibles atentados yihadistas, la Policía y Guardia Civil se han reunido con los responsables de más de 200 empresas, en un principio Jefes de Seguridad de Empresas de Seguridad y Directores de Seguridad de empresas usuarias de la Seguridad privada; inicialmente se están centrando en compañías con presencia en países del Magreb o limítrofes y los objetivos son conocer cualquier dato que obtengan en esas zonas 'calientes', posteriormente se ha dado paso a más encuentros sobre asuntos específicos de los atentados yihadistas, algunas Policías Autonómicas también están efectuando una formación a la Seguridad Privada en temas de terrorismo islámico.

“QUE NOS DEPARA EL ESPERADO Y DESEADO REGLAMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA EL QUE DESARROLLA LA LEY 5/2014 DE 4 DE ABRIL DE SEGURIDAD PRIVADA”

Borrador del R.D. __/16 por el que se desarrolla el Reglamento de Seguridad Privada Recientemente se ha publicado el articulado integro de lo que parece ser el NRSP, ha sido en la página web de un foro de seguridad privada que trascribo esto es lo que alguien ha podido ver o copiar o simplemente recibir del alguien que parece que está muy bien informado, pues bien si admitimos como valido lo publicado en esta web, vamos a efectuar una ruta gastronómica por el articulado que viene, por lo que señores pónganse los baberos, cojan cuchillo y tenedor y prepárense para lo que parece ser el REGLAMENTO mejor diseñado, mejor pensado y más técnico de cuantos hayan puestos nuestros cocineros en la mesa.

En España son todavía una minoría los acreedores que reclaman los intereses de demora determinados por la Ley 3/2004, la denominadaLey de Lucha Contra la Morosidad” puesto que según un informe presentado por la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM) solamente un 9% de las empresas españolas exige siempre a sus deudores el pago de los intereses de demora y un 12% los solicita a menudo; pero el 53% de las empresas no reclama nunca el interés moratorio devengado.

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