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EL PLAN DE SEGURIDAD INTEGRAL (PSI)

El Plan de Seguridad Integral (PSI) es el resultado de la realización de un exhaustivo análisis de una empresa con un único objetivo claramente diferenciado: evaluar el nivel de seguridad de los datos, procesos e infraestructuras en los que se sustenta dicha empresa.

En primer lugar, y para saber dónde y cómo posicionarse ante el desarrollo de un plan de seguridad, se lleva a cabo un estudio en profundidad sobre la actividad empresarial que desarrolla la compañía, su ubicación, su estructura y organización, sus procesos operativos y de negocio, así como los métodos y herramientas de seguridad, tanto física como lógica, que están implantados en la empresa para combatir las amenazas a las que está expuesta.

Una vez identificada la metodología, e para garantizar la seguridad de la empresa, se realiza un análisis de la situación actual de seguridad de la empresa y se identifican los riesgos que corre la compañía con los métodos de seguridad vigentes, del mismo modo que se han identificado posibles amenazas que pudiesen afectar al desarrollo normal de su actividad.

Llegados a este punto, se elabora un plan de seguridad con el que se pretende mitigar aquellos riesgos y vulnerabilidades, a la vez que se garantiza la continuidad del negocio ante situaciones desfavorables, tales como incendios o cualquier otro tipo de catástrofe.

El plan propuesto debe tener la obligación, tanto legal como moral, de garantizar los tres pilares básicos en los que se sustenta la seguridad de la información: confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información. Es por ello que se deben de seguir una serie de pautas, de obligado cumplimiento por la ley, con el objetivo de preservar la identidad de todas aquellas personas que pueden verse afectadas por el mal uso y/o tratamiento de la información de que dispone la empresa.

Por último, se ha analizado la viabilidad y puesta en marcha del plan propuesto, analizando los recursos económicos, tecnológicos y humanos que son necesarios para lograr la implantación del plan de seguridad en la compañía estudiada.

El Plan de Seguridad dependerá del dispositivo de seguridad adscrito al mismo, todo ello según el RGPE 2816/1982, Ley 5/2014 de Seguridad Privada y Normativa Concordante.

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